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Procurador General de la República

El cargo de Procurador General de la República (PGR), único magistrado del MP sujeto a designación por el poder político, se basa en la doble confianza del Presidente de la República y del Gobierno: su nombramiento y destitución lo realiza el primero, a propuesta del segundo (artículos 133m), Constitución de la República Portuguesa y 175.1, Estatuto del Ministerio Público/EMP), no estando la elección vinculada a ninguna área de reclutamiento ni siquiera a requisitos especiales de formación.

Ejerciendo competencias en materia de dirección, fiscalización, representación y ejecución (artículo 19, EMP), durante su mandato, que es de seis años (artículos 220.3, CRP, y 175.2, EMP), el presidente de la Procuraduría General de la República es coadyuvado y sustituido por el Viceprocurador General de la República (artículo 20.1, EMP).

En el Supremo Tribunal de Justicia, en el Tribunal Constitucional, en el Supremo Tribunal Administrativo y en el Tribunal de Cuentas, su sustitución está asegurada por procuradores generales adjuntos (artículo 20.2, EMP).

En el ejercicio de sus funciones, el PGR está también asistido por un gabinete (artículo 19.6, EMP).

Tiene categoría, tratamiento y honores iguales a los del Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y usa el traje profesional que a éste corresponde (artículo 110.1, EMP).

Desde 12 de octubre de 2018, el cargo está ocupado por Lucília Gago.