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Tribunales Supremos

El Ministerio Público está representado por el Procurador General de la República que puede hacerse coadyuvar y reemplazar por el Viceprocurador General de la República y por procuradores generales adjuntos, ejerciendo éstos últimos los cargos en comisión de servicio (artículos 8.1a), 19.1b), 20, 172.3, Estatuto del Ministerio Público/EMP; 10.1a), Ley de la Organización del Sistema Judicial/Ley 62/2013, de 26 de agosto):

— en el Tribunal Constitucional

— en el Supremo Tribunal de Justicia

— en el Supremo Tribunal Administrativo

— en el Tribunal de Cuentas

La coordinación de la representación del MP en cada uno de esos tribunales superiores está asegurada por uno de los procuradores generales adjuntos, designado cada dos años por el Procurador General de la República (artículo 20.3, EMP).